Para quien le interese analizar con un mínimo de seriedad el texto completo de la mierda de querella que ha interpuesto el psicopata de Moncloa contra el Juez Peinado la puede ver aquí:
https://www.eldiario.es/politica/doc..._11559033.html
Tras leerla , como ya dije ayer, se puede ver que es malísima.
Que el psicopata use la Abogacía del Estado para este litigio ralla la malversación, ya que es un asunto personal y no de la Administración.
Peeero, si admitimos pulpo como animal de compañía, al menos debe decirse bien y resulta que no se ha hecho.
La voluntad del órgano administrativo de ejercitar la acción penal debe acordarse en un acto administrativo y en el caso del Presidente del Gobierno, mediante real decreto.
Sin un acuerdo del Presidente del Gobierno, la decisión de ejercitar la acción penal en nombre de la Administración carece de sustento legal.
Eso solo debería bastar para que el TSJM inadmitiera la querella por falta de un requisito esencial que es la voluntad del querellante.
En la querella se confunden constantemente el órgano administrativo/órgano constitucional (Presidente del Gobierno) con la persona que lo ocupa, en su condición personal o profesional.
Es evidente por qué: porque la querella no guarda relación con la Administración.
Para que la Administración General del Estado o el Gobierno de la Nación pueda ejercer la acusación particular debe ser perjudicada por el delito. ¿Dónde radica el perjuicio para la institución? No se explica en ningún momento con un mínimo sustento en la querella.
Entremos vagamente en los hechos: se formula querella contra Peinado pese a que se justifica que el delito radica en una providencia dictada por otro juez, su sustituto natural, y único responsable posible de la resolución que firma. Pero no se le extiende la querella.
En realidad, salvo una extensa e innecesaria exposición de citas jurisprudenciales sin verdadero valor para la querella, no se hace esfuerzo en acreditar indicios de criminalidad en el proceder de Peinado. De nuevo, causa suficiente para la inadmisión de la querella.
La fundamentación jurídica de la abogada del Estado es paupérrima, cansada, circular…
Se nota que es una querella redactada seguramente por quien sabe que no tiene ningún recorrido, hecha a toda prisa y con total desgana.
No se explica, salvo citas vagas, por qué habría delito.
Sin duda que el procedimiento penal no va a tener ningún recorrido.
En mi opinión, debería tener consecuencias para quienes lo han iniciado, ahora bien, dado que estamos cuesta abajo sin frenos en la degradación institucional sin limites a la que se ha abocado el psicopata de Moncloa ya nada debería sorprender, como que se saque mañana un decreto ley ad hoc para escudarse.
¿Tal vez algún tipo de ley habilitante como la de Hitler o Maduro?
Ahí lo dejo.