Es que no están en prisión por eso.
Si te lees el auto, verás que por eso, no es.
Cito de :
https://elpais.com/politica/2017/10/...56_829076.html
¿quién los convocó?
¿qué causó esa convocatoria?
Artículo 544 del CP :
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Artículo 545 del CP
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.
Me parece que no hay mucho margen para discutir esto. OJO, que aún son inocentes mientras no se demuestre lo contrario, pero dada la gravedad del delito y las fugas de otros, la prisión preventiva como medida cautelar me parece lógica.
Y desde luego, todo el que no criticó o le pareció bien y justa en su día la de Granados, no tiene autoridad moral para hacerlo ahora.
Un saludo.