Iniciado por
salmengar
De acuerdo en general, contigo.
Hay primero, que diferenciar dos aspectos, uno es el impuesto en sí, que podremos decir si es mucho, es poco, no debe haberlo, el despiporre de que en Cuenca sea el doble o la mitad que en Asturias o Badajoz, que no lo se, son supuestos, pero en cada comunidad es diferente.
A este respecto recordarte Matias, que no todos los prestamos con garantia hipotecaria, son para adquisicion de vivienda.
Y la segunda es quien es realmente el sujeto pasivo. En este caso, sesudos juristas estan 15 a 13. Yo entiendo en mi modestisima opinon, que quien se beneficia del acto juridico de la hipoteca, y por lo tanto de una ley especifica para casos de impago, es el banco. Y es él, el que debiera pagar el impuesto. Otra cosa es que como bien dices, los margenes para el banco y las comisiones, que cobrarian en el supuesto de que fueran ellos los que pagaran AJD.
Ese es el gran dilema y no otro, la retroactividad de la supuesta medida. Ni el Estado ni los bancos, quieren perder miles de millones, por lo tanto, lo facil es lo que hemos vivido estos dias.
Pero el problema no es el afan recaudatorio como tu dices Matias, de algun lado tendra que salir el dinero no ? el problema, a mi juicio, es la increible ambiguedad de muchisimas leyes, fiscales y no fiscales. Que me lleva a pensar que son asi, a proposito, para poder sentenciar de una forma o la contraria, en funcion del enjuiciado. Pueden en el Supremo existir discrepancias, pero si es 15 a 13, algo mas falla.
Saludos