De todas formas aquí el problema es que aunque tengas derecho o no a la devolución nunca se lo van a aceptar con una pantalla rota.
Es una auténtica putada
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De todas formas aquí el problema es que aunque tengas derecho o no a la devolución nunca se lo van a aceptar con una pantalla rota.
Es una auténtica putada
El silencio es el único amigo que no traiciona.
hoy la tienda le a dicho que le va a dar otra tele, esta semana o la otra.
haber si todo termina bien.
Última edición por KURRUPYPY; 01/10/2018 a las 20:53
Con tu primer párrafo ya he escrito que puedo estar más o menos de acuerdo. Y es que en esta vida te hacen ser "malo" cuando otros te la juegan o intentan jugártela
Pero con lo último no. No se puede generalizar. Que un seguro sea muy rico no justifica que lo tengamos que engañar; puede ser un seguro que actúe correctamente con sus clientes
Nadie te obliga a contratar un seguro. Si piensas que no te va a cubrir o que son ricos a tu costa, no los contrates, pero no propongas un presunto delito, porque sinceramente, lo único que puede suceder con esto es que el que lo intenta tenga problemas.
Es como si vas a una tienda, te parece todo caro, y por eso coges y robas. Si no te gusta algo, no lo compres, pero no propongas hacer algo ilegal.
Si el artículo está roto, no lo van a aceptar ni por asomo. Si fuera por el transporte, el seguro del transportista lo cubre, pero aquí en teoría no es el caso, SALVO que se acepte que la manipulación del transportista fue quién provocó la rotura. Esta, creo, es la única y mejor vía que le queda.
ESA es la mejor opción. Sin que haya delito por medio, ni cosas graves que te estaban proponiendo por aquí, que eso si podría llevar a problemas a tu familiar. Me alegro que al final se pueda solucionar.
Ahora, cuidado no se repita el tema. Si se desembala y se prueba, que se quede la TV fija o ya directa al mueble![]()
El derecho de desistimiento por supuesto que no es aplicable al caso del cuñado del amigo. ¿A quién se le ocurriría?
Sigo sin ver en el RDL que haga expresa diferencia entre una compra presencial y una a distancia. No se...lo volveré a leer.
Y, no. Hay legislación posterior sobre él pero no se refiere a lo que nos ocupa.
Lo mismo, pido perdón al compa @nokia23 y a su cuñado por pisar el hilo.