
Iniciado por
Albert Dirac
Pero, en un hilo que ha sido bautizado como: "Valoraciones del Juicio en el Supremo por la Declaración Unilateral de Independencia", ¿no parece lo más lógico centrar las intervenciones en justamente eso, los aspectos jurídicos?.
Para debatir sobre el procès y sus aspectos politicos y sociales, tenemos otros hilos, aunque es cierto que uno de ellos se cerró hace tiempo, y ya no está disponible. Una pena, pues muchos de los argumentos que hemos intercambiado durante estos ya casi dos años, se encontraban allí.
Así que una vez más recalcar que el "golpe de estado" no es una figura jurídica en España, ni está definido en la Constitución. A partir de ahí, cada cuál puede considerar lo que le parezca oportuno sobre si hubo, o no, un golpe de estado en España durante el año 2017. Pero es irrelevante para el juicio.
Lógicamente, es posible cambiar las Leyes para contemplar situaciones como las vividas, y que tengan un encaje legal claro. La más sencilla, sin ir más lejos, es eliminar el requisito de la "violencia", y que se quede en '... todos aquellos que se alcen publicamente para cualquiera de los fines siguientes...',...'... 5º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional...'.
Entonces, quedaría claro, "de cajón", que los acusados por un nuevo procès, serían con toda seguridad condenados por rebelión.
Mientras tanto, las consecuencias jurídicas se deciden en este juicio, ante este tribunal, y lógicamente, con arreglo a las leyes vigentes.
Las recetas políticas para encauzar el conflicto son otro tema, pero seguramente hemos de esperar al resultado de las elecciones para ver cuáles de las propuestas se pueden aplicar, y cuáles no, en función de los votos de todos los ciudadanos españoles.