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LCD Samsung LE32 S86BD

  1. #1
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    22 ago, 07
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    Predeterminado LCD Samsung LE32 S86BD

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    Hola, hace un mes y unos dias compre en carrefour un LCD Samnsung LE32S86BD y ayer le ha salido una raya vertical, de 1 mm de grosor, de color violeta que cruza todo el panel lcd de arriba abajo, ademas si conecto un reproductor de dvd a uno de los 2 euroconectores se ve de fondo la imagen del ultimo canal de television sintonizado, esto creo que venia asi desde el primer dia pero como lo conecte al otro euroconector no me di cuenta.

    Me he dirigido a carrefour para reclamar ya que esta en garantia y han querido remitirme al servicio tecnico, a lo que me he negado puesto que yo quiero solicitar la sustitucion y no la reparacion (tal como esta previsto en la ley de garantias de bienes de consumo) y si lo hago directamente con el servicio tecnico lo unico que podria conseguir seria una reparacion. Despues de solicitar ver al encargado he conseguido que me dijesen que se hacian cargo ellos de la reparacion pero que no podria elegir yo la sustitucion que eso lo determinaria el servicio tecnico, que a no ser que la consideren orreparable no me la cambian. Como esto no es lo que se preve en la ley, que dice que es el consumidor quien decide entre la sustitucion o la reparacion siempre que sea en los 6 primeros meses y que el coste de la sustitucion no sea desproporcionado con respecto a la reparacion, les pedi que enviaran al servicio la television y que me informasen que es lo que tenia y a cuanto ascendia la reparacion para solicitar la sustitucion en caso de que se pudiera, pues a esto se han negado me han dicho que enviaran la television al servicio tecnico y que si no informan de que es irreparable procederan a la reparacion, nunca a la sustitucion.

    En vista de esto he realizado una reclamacion ante el instituto galego de consumo y he tratado de solucionarlo directamente con samsung pero me he encontrado con la misma respuesta que me habian dado en carrefour, que nunca me daria la opcion de sustituirlo, pese a que en la propia garantia de samsung dice que el consumidor podra exigir la reparacion o sustitucion del aparato siempre y cuando sea posible y proporcional a las circunstancias. Esto que ponen ellos mismos en su garantia se lo pasan por el "forro" y me dicen que en ningun caso me lo sustituiran que solo lo repararan.

    Quisiera saber si a alguien le ha pasado algo parecido y ha logrado que se lo cambien pasados los 15 dias que suelen dar en las tiendas para cambiartelo, por lo que me ha comentado un amigo la raya que le ha salido solo se soluciona cambiando el panel LCD y que tenga cuidado porque en los servicio tecnico suelen cambiarlo por un panel lcd reparado, no nuevo. Yo quiero solicitar la sustitucion en el caso de que sea una averia importante, no pretendo que me lo cambien si es una chorrada y creo que la ley me ampara.

    Perdonad por el tocho, pero es que ando muy mosqueado con esto, compre esta tele para la habitacion de mi hijo para jugar a la play y ahora seguramente se va a quedar sin ella bastante tiempo por lo que el quiere que les deje repararlo o incluso quedarse con ella asi.

    Saludos.

  2. #2
    principiante
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    08 jun, 06
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Hola jopepe!!!!

    Mi situación es parecida a la tuya pero en mi caso es con una samsung M87 que tiene "clouding". Se la llevaron al sat y me dijeron que tenían que cambiar el panel y tras estar esperando mas de 1 mes y 1 semana la recibí, y como?? pues peor de lo que estaba, ademas que me la trajeron super guarra y descuidada. Llamé a atencón al cliente de samsung y exigí que me cambiaran el televisor entero por que no estaba dispuesto a esperar más de 1 mes y encima que tuviera la posibilidad de que me lo trajeran peor. Además recalqué el enfado con el sat debido al mal servicio que me daban ya que no me informaban de nada, y que el televisor debía llevar reparado tiempo por que el polvo que llevaba es de estar almacenado sin tocarlo. Los de samsung me dijeron que lo único que podían hacer era repararlo hasta que el sat viera conveniente cambiarlo por uno entero.......

    Me parece que no tienes nada que hacer a no ser que consumo te lo solucione. Dependiendo de como vaya el tema amenazaré con ir a consumo y veré como actuan, pero viendo lo que te han dicho me parece que me comeré con patatas el televisor.

    Si te solucionan algo con consuma avísanos, que seguro que más de uno está en la misma situación que tu y yo.

    saludos

  3. #3
    principiante
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    24 may, 07
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Cita Iniciado por jopepe Ver mensaje
    Hola, hace un mes y unos dias compre en carrefour un LCD Samnsung LE32S86BD y ayer le ha salido una raya vertical, de 1 mm de grosor, de color violeta que cruza todo el panel lcd de arriba abajo, ademas si conecto un reproductor de dvd a uno de los 2 euroconectores se ve de fondo la imagen del ultimo canal de television sintonizado, esto creo que venia asi desde el primer dia pero como lo conecte al otro euroconector no me di cuenta.

    Me he dirigido a carrefour para reclamar ya que esta en garantia y han querido remitirme al servicio tecnico, a lo que me he negado puesto que yo quiero solicitar la sustitucion y no la reparacion (tal como esta previsto en la ley de garantias de bienes de consumo) y si lo hago directamente con el servicio tecnico lo unico que podria conseguir seria una reparacion. Despues de solicitar ver al encargado he conseguido que me dijesen que se hacian cargo ellos de la reparacion pero que no podria elegir yo la sustitucion que eso lo determinaria el servicio tecnico, que a no ser que la consideren orreparable no me la cambian. Como esto no es lo que se preve en la ley, que dice que es el consumidor quien decide entre la sustitucion o la reparacion siempre que sea en los 6 primeros meses y que el coste de la sustitucion no sea desproporcionado con respecto a la reparacion, les pedi que enviaran al servicio la television y que me informasen que es lo que tenia y a cuanto ascendia la reparacion para solicitar la sustitucion en caso de que se pudiera, pues a esto se han negado me han dicho que enviaran la television al servicio tecnico y que si no informan de que es irreparable procederan a la reparacion, nunca a la sustitucion.

    En vista de esto he realizado una reclamacion ante el instituto galego de consumo y he tratado de solucionarlo directamente con samsung pero me he encontrado con la misma respuesta que me habian dado en carrefour, que nunca me daria la opcion de sustituirlo, pese a que en la propia garantia de samsung dice que el consumidor podra exigir la reparacion o sustitucion del aparato siempre y cuando sea posible y proporcional a las circunstancias. Esto que ponen ellos mismos en su garantia se lo pasan por el "forro" y me dicen que en ningun caso me lo sustituiran que solo lo repararan.

    Quisiera saber si a alguien le ha pasado algo parecido y ha logrado que se lo cambien pasados los 15 dias que suelen dar en las tiendas para cambiartelo, por lo que me ha comentado un amigo la raya que le ha salido solo se soluciona cambiando el panel LCD y que tenga cuidado porque en los servicio tecnico suelen cambiarlo por un panel lcd reparado, no nuevo. Yo quiero solicitar la sustitucion en el caso de que sea una averia importante, no pretendo que me lo cambien si es una chorrada y creo que la ley me ampara.

    Perdonad por el tocho, pero es que ando muy mosqueado con esto, compre esta tele para la habitacion de mi hijo para jugar a la play y ahora seguramente se va a quedar sin ella bastante tiempo por lo que el quiere que les deje repararlo o incluso quedarse con ella asi.

    Saludos.

    Efectivamente tú lo has dicho: si el coste de la sustitución no fuera desproporcionado al de la reparación, si la reparación es posible en materiales y tiempo se lleva a cabo. Un consejo entérate del tiempo que tienen para repararla/cambiarla porque con la del compañero que han tardado más de un mes me da que se excedieron, inicia la reclamación por ese lado mejor...

  4. #4
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    22 ago, 07
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Hola, hoy he seguido con las gestiones para intentar conseguir que me cambien la tv.

    He vuelto a ir a carrefour esta vez con un escrito dirigido al director en que le informaba de las gestiones realizadas y le solicitaba que respetasen los derechos que, como consumidor, me otorga la ley de garantias de bienes de consumo, solicitandoles procedieran a sustiruirme el televisor por uno nuevo, segun lo que dice el articulo 5 de la ley 23/2003, o bien enviaran el televisor al servicio tecnico y que este emitiera un presupuesto de reparacion para justificarme que la sustitucion era desproporcionada a la reparacion.

    Lleve este escrito por duplicado y les solicite que me sellaran una copia a lo que se han negado, es mas ni querian recojer el escrito. Me he cabreado bastante y despues de hablar con varias personas de atencion al cliente consegui que me atendiese alguien con cierta responsabilidad, me dijeron el cargo pero con el cabreo que tenia ni me acuerdo cual era.

    Despues de hablar con este señor consegui que se comprometiera a recojerme el televisor, enviarlo al servicio tecnico y antes de repararlo informame de que averia tiene, su coste de reparacion y el tiempo estimado que tardaran en repararlo.

    Le pedi que me diese esto por escrito o que me permitiesen entrgarles yo un escrito en el que pusiese solo que solicitaba la sustitucion y que no autorizaba ninguna reparacion hasta que me justificasen que el coste de sustitucion era desproporcionado al de reparacion. Ha esto se ha negado y me ha dicho que no estan autorizados a sellar ningun tipo de escrito de ningun cliente. Me ha sugerido que mi escrito podia meterlo en el buzon de sugerencias, me ha dicho que todas las sugerencias llegan al director, asi que si lo hacia asi mi escrito pasaria por sus manos.

    Como no me fio que vayan a cumplir lo que me han dicho porque las palabras se las lleva el viento y yo me quedaria sin ninguna prueba de que he pedido la sustitucion, lo que pienso hacer es llevar la tv el lunes a carrefour para que hagan lo que me han dicho y justo despues de dejarla cubrir una hoja de reclamaciones en la que pondre que solicito la sustitucion, que no acepto ninguna reparacion hasta que me justifiquen que esta es desproporcionada con respecto a la sustitucion., asi quedara constancia.

    Supongo que por la buenas no voy a conseguir mucho pero pienso hacer todo lo posible para lograrlo. Con el presupuesto de reparacion en mano y si este tiene un coste elevado espero que el tribunal de arbitraje del instituto galego de consumo falle en mi favor de solicitar la sustitucion de la tv y como carrefour esta afiliado al tribunal de arbitraje tienen que acatar la sentencia sin posibilidad de recurso, o al menos eso me han dicho.

    Animo a todos los que les esten pasando cosas parecidas a hacer una reclamacion ante consumo, porque la ley es muy clara otorgandole la posibilidad de eleccion entre la sustitucion o reparacion al consumidor siempre que el coste no sea desproporcionado, pero no la estan respetando y si el numero de denuncias es elevado las sanciones que imponen son fuertes y esto puede hacer que los establecimientos cambien su politica y empiecen a respetar la ley.

    Es increible lo que me han llegado a decir en carrefour, una empleada me dijo que lo que ponga en la ley a ellos les da lo mismo, que ellos actuan en base a las normas que les da la empresa, me han entrado ganas de presentarme alli con un notario y que tomara nota de todas las barbaridades que me han dicho para adjuntarlas a la reclamacion en consumo.

    Saludos.

  5. #5
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    22 ago, 07
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Cita Iniciado por MIGUEL A. Ver mensaje
    Efectivamente tú lo has dicho: si el coste de la sustitución no fuera desproporcionado al de la reparación, si la reparación es posible en materiales y tiempo se lleva a cabo. Un consejo entérate del tiempo que tienen para repararla/cambiarla porque con la del compañero que han tardado más de un mes me da que se excedieron, inicia la reclamación por ese lado mejor...
    Por el tiempo de reparacion me parece que es mas dificil porque la ley no da ningun tipo de plazos y deja la cosa muy ambigua, ademas no podria iniciar la reclamacion por plazo de reparacion hasta que aceptase la reparacion y se constate que el plazo es excesivo y como la ley dice que el consumidor puede elegir entre la sustitucion o reparacion pero una vez elegida una esta es vinvulante y no se puede cambiar, me veo jodido y con una tv reparada y vete tu a saber cuanto tiempo dura la reparacion.

    Yo creo que es mas facil por el otro lado, siempre que la averia sea importante y el coste de reparacion sea alto. Creo que siempre que tengan que cambiar el panel lcd se puede ganar ante consumo porque por propia experiencia (se me averio un tv lcd que ya no estaba en garantia) el cambio del panel lcd en un servicio tecnico sale tan caro como comprar una tv completa nueva, asi que si consigo el presupuesto de reparacion no creo que puedan decir que el coste de sustitucion es desproporcionado con respecto al de reparacion.
    Última edición por jopepe; 23/08/2007 a las 22:46

  6. #6
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Hola Danympp81, yo de ti me iria a consumo a plantearle tu caso porque creo que si la primera vez que lo enviaste al servicio tecnico el televisor no tenia mas de 6 meses podrias lograr que te lo cambiasen o incluso cancelar el contrato y que te devuelvan el dinero.

    Leete la ley 23/2003 de 10 de julio de 2003 "ley de garantias de bienes de consumo" En especial los articulo 5, 6 (en especial el punto "e"), 7 y 8.

    Seguro que no te va a ser facil y tendras que reclamar ante consumo pero por intentarlo que no quede.

    Saludos y suerte.
    Última edición por jopepe; 23/08/2007 a las 22:54

  7. #7
    Grand Re-Master-izado Avatar de curtis
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    01 nov, 06
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Artículo 5. Reparación y sustitución del bien.
    1. Si el bien no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella. Esta decisión del consumidor se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos en que la reparación o la sustitución no logren poner el bien en conformidad con el contrato.
    2. Se considerará desproporcionada toda forma de saneamiento que imponga al vendedor costes que, en comparación con la otra forma de saneamiento, no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el bien si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayo res para el consumidor.
    Artículo 6. Reglas de la reparación o sustitución del bien.
    La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
    a) Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
    b) Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor, habida cuenta de la naturaleza de los bienes y de la finalidad que tuvieran para el consumidor.
    c) La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 9 de esta ley. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor ponga el bien a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor del bien ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el bien defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
    d) La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 9 desde el ejercicio de la opción hasta la entrega del nuevo bien. Al bien sustituto le será de aplicación, en todo caso, el segundo párrafo del artículo 9.1.
    e) Si concluida la reparación y entregado el bien, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el comprador podrá exigir la sustitución del bien, dentro de los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 5, o la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos de los artículos 7 y 8 de esta ley.
    f) Si la sustitución no lograra poner el bien en conformidad con el contrato, el comprador podrá exigir la reparación del bien, dentro de los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 5, o la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos de los artículos 7 y 8 de esta ley.
    g) El consumidor no podrá exigir la sustitución en el caso de bienes no fungibles, ni tampoco cuando se trate de bienes de segunda mano.
    Artículo 7. Rebaja del precio y resolución del contrato.
    La rebaja del precio y la resolución del contrato pro cederán, a elección del consumidor, cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.
    Artículo 8. Criterios para la rebaja del precio.
    La rebaja del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el bien hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme con el contrato y el valor que el bien efectivamente entregado tenía en el momento de dicha entrega.
    Artículo 9. Plazos.
    1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
    Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.
    Bueno con esto queda muy claro que quien responde de la garantía es unicamente EL VENDEDOR olvidarse de SATs y demás milongas.
    Al ser la avería en los 6 primeros meses la Ley la reconoce como de origen y en este caso el consumidor es quien elige la opción que desea tal como establece al art. 5.1, por lo que debe ser el vendedor el que justifique que y por qué la opción elegida por el comprador le es desproporcionada, por lo que habremos de exigir en que consiste esa desproporción y por supuesto y aunque la ley no tasa el tiempo "razonable" si deberá consignar por escrito el tiempo estimado en la reparación para que podamos evaluar si es razonable o no para nosotros.
    Por lo tanto en caso como el descrito y a sabiendas de que la sustitución del panel implicará un coste grande, pero también un posible deterioro en la estructura del TV, deberemiamos exigir la sustitución del producto o por qué no la rescisión del contrato.
    Yo me dirigiría exclusivamente al vendedor y le haría llegar mi opción vía burofax u otro medio feaciente: Exigiría el libro de reclamaciones a la mínima de cambio y pondría la queja pertinente en la oficina de consumo competente.
    Ah! se me olvidaba y para evitar problemas que incluso he vivido en primera persona, en el caso de depositar el producto en el SAT por nosotros mismos o retirado por un transportista (aunque se puede elegir opción la Ley obliga a que el transporte corra a cargo del garantista) hacer firmar siempre un recibí en el que conste que el producto no tiene otros fallos que los que se presumen y sobre todo que carece de todo tipo de desperfecto estético (rayaduras, golpes e incluso suciedad)
    Saludos.
    "In fear every day,m every evening ...
    Isolation, isolation, isolation"
    Isolation. Joy Division

  8. #8
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Muchas gracias por tu respuesta Curtis.

    Yo ya me habia leido la ley y creia estar en mi derecho de pedir la sustitucion, el problema es que el vendedor me niega esa posibilidad y no se cual es la mejor forma de exigirsela.

    Lo del burofax ya lo habia pensado pero crei que tal vez metiendo a consumo por el medio seria mas efectivo, la hoja de reclamaciones que cubres en el establecimiento es un medio feaciente de lo que reclamas ya que, una copia se queda para ellos, otra para el consumidor y otra para consumo, ademas consumo envia una reclamacion ofical al vendedor, asi que como metodo provatorio de lo que reclamo es tan efectiva o mas que el burofax.

    Ademas el burofax no creo que arreglase nada y tendria que hacer la reclamacion en consumo igualmente y me gastaria el dinero del burofax.

    Saludos.

  9. #9
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Hola, el sabado lleve el televisor a carrefour con un escrito dejando claro que es lo que solicitaba y en base a que articulos de la ley de garantias de bienes de consumo y me lo recogieron sin ponerme pegas, tanto la dependienta que me atendio, como la encargada de electrodomesticos, me dijeron que no estaba su superior y que en cuanto hablasen con el y tuvieran una solucion para mi me llamarian.

    La unica pega es que no quisieron sellarme una copia del escrito que le entregue pero, como hoy lo he llevado a consumo para adjuntarlo a la reclamacion que ya habia realizado, me da lo mismo.

    No se si mi caso puede ser de interes para otras personas a las que les ocurra lo mismo o si este no es el foro adecuado para exponerlo, si lo estiman oportuno los moderadores pueden moverlo a donde crean que debe estar.

    Saludos.

  10. #10
    asiduo
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    22 may, 07
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    Predeterminado Re: SOS averia en garantia LCD Samsung LE32S86BD

    Si pasado un mes la tele presenta ese defecto...está claro que el producto es defectuoso de fábrica y que por lo tanto te lo tienen que cambiar. Nosotros hemos cambiado alguna tele pasados 5 meses y tal como viene se la devolvemos a Panasonic.

    Lo único que cuando llamas a Samsung, para ellos ese no es su problema. Es problema de Carrefour y es Carrefour quien debe hacerse cargo. Luego ellos la devuelven y además sin problema porque el primer año la garantía la cubre el fabricante.

    Otra cosa es que pidan un comprobante del SAT, algo totalmente natural porque ellos tambien deben de demostrar que el producto es defectuoso de fábrica y no una pérdida de algun empleado por error.

    Por otra parte, seguramente al vendedor le tienen totalmente prohibido hacer cambios. Cuando yo trabajaba en Pricoinsa me tenian terminalmente prohibido devolver el dinero o hacer cambios de producto aunque fueran defectuosos. E incluso la tienda de servicio técnico de la tienda tambien tenían terminalmente prohibido hacer cambios de productos defectuosos... más de un marrón me comí yo ahí pues la mitad de lo que vende esa tienda no funciona.

    Saludos
    Panascani

  11. #11
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    19 jun, 09
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    Predeterminado Problema LCD Samsung LE32S86BD

    Hola a todos
    Tengo una Tv Samsung LE32S86BD, el caso es que desde su compra al pulsar en el mando la tecla que presenta la programación de todos los canales y querer avanzar hacia arriba o hacia abajo, tarda mucho en actualizar incluso aveces se queda bloqueada y hay que apagar el aparato. Hemos actualizado el software varia veces pero ni eso. ¿Alguien se ha encontrado con este problema?
    Saludos
    PD. El modo dual no hay forma de que funcione desde la analogica si pero desde la tdt no

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