Matías, si estamos diciendo lo mismo, mi pregunta iba exactamente por lo que me ha respondido Curtis; el por qué de "
a unos sí y a otros no".
Y si lo he entendido bien, el motor de la sanción es una tercera persona, que denuncia al establecimiento por no ser bilingüe... y para defender los derechos lingüísticos de esta tercera persona (no sé si le ampara el anonimato), que se supone puede desconocer el castellano
, se inicia el proceso que acabará en multa para el comercio.
Por un momento pensé que la multa venía por no rotular
exclusivamente en catalán... que lo vería bastante más grave...
Pero aunque sea en favor del bilingüismo es cuánto menos irregular... se puede ver con claridad que vecinos mal avenidos o comercios rivales se van a denunciar sólo por fastidiar... (algo así como Peck cuando postea ultimamente).
Y es precisamente por esto que creo que cualquier persona que recurra tiene altísimas probabilidades de dejar su multa "en punto muerto"...puesto que se enfrenta los daños supuestamente causados al denunciante, que supuestamente no entiende el castellano
, con los derechos del comerciante, que tiene derecho a usar la lengua oficial del estado = empate técnico...
Pero sí, me sorprende y avergüenza porque no había visto hasta hoy el texto de la denuncia, ni el mecanismo por el que se rige... debe ser que en el entorno que conozco no están mucho por denunciar, tendrán otras prioridades más saludables, propias de la convivencia bien entendida.
Debiera el ayuntamiento pagar o subvencionar para que a los comerciantes les atrayera/rentara ser bilingües, así como se subvenciona o desgrava vehículos poco contaminantes... y las asociaciones de comerciantes bien que se mueven por otros motivos... en fin
Saludos